Contrato de arrendamiento en España
En España, el contrato de arrendamiento es regulado por los artículos 1542 y siguientes del Código Civil de España; los arrendamientos de Inmuebles además están regulados por normativas específicas: la Ley de Arrendamientos Urbanos LAU[1] y la Ley de Arrendamientos Rústicos (49/2003) LAR.[2][3] Se han modificado varios artículos de la La Ley de Arrendamientos urbanos con la Ley 4/2013 de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Viviendas,[4] publicada en el BOE el 5 de junio de 2013.
Derechos y obligaciones que genera el arrendamiento
Derechos y obligaciones del arrendador
Aunque no se haya pactado en el contrato el arrendador está obligado a:
- Entregar al arrendatario la vivienda arrendada con todas sus pertenencias y además de estar en buen estado para su uso convenido, así como las condiciones óptimas de higiene y seguridad del inmueble.
- No estorbar el uso de la vivienda, salvo en reparaciones urgentes e indispensables.
- Garantizar el uso o goce pacífico de la vivienda por todo el tiempo del contrato.
El arrendador (durante el arrendamiento) no puede:
- Intervenir en el uso legítimo de la vivienda arrendada, salvo en casos urgentes e indispensables.
- Si el arrendador no cumpliera con hacer las reparaciones necesarias para el uso a que esté destinada la vivienda, el arrendatario tiene la opción de recurrir ante un juez para que resuelva lo que en derecho corresponda o rescindir el arrendamiento.
Derechos y obligaciones del arrendatario
- A responder de los perjuicios que la cosa arrendada sufra por su culpa o negligencia.
- Disponer bien arrendado solamente para el uso convenido o conforme a su naturaleza.
- A pagar la renta desde el día en que reciba el bien arrendado y en términos del contrato respectivo, aun cuando el contrato se hubiese celebrado con anterioridad.
- La renta deberá ser pagada en el lugar convenido; si no se hubiese pactado, en la casa o despacho del arrendatario.
- Si por caso fortuito o fuerza mayor se impide totalmente al arrendatario el uso del bien arrendado, generalmente tendrá el derecho a no pagar la renta mientras dure el impedimento (total o parcialmente).
- A conservar y cuidar el bien arrendado.
- A restituir el bien arrendado al terminar el contrato en las mismas condiciones en que le fue entregado, únicamente con el desgaste natural excepto que se haya pactado cosa contraria.
- A satisfacer la renta en la forma y tiempo convenido.
Causa de término del arrendamiento
En general, pueden ser causas de término del contrato de arrendamiento:
- Muerte del arrendador o del arrendatario, cuando expresamente se hubiere pactado.
- Por haberse cumplido el plazo fijado en el contrato o, en su caso, por la ley.
- Por acuerdo mutuo.
- Nulidad.
- Confusión.
- Pérdida o destrucción total del apartamento arrendado.
- Por caso fortuito o fuerza mayor.
- Por expropiación del apartamento arrendado hecha por causa de utilidad pública.
- Por venta judicial.
El arrendador puede exigir el término del contrato
- Por falta de pago de la renta
- Por no pagar la renta en fechas convenidas.
- Por el apartamento en contravención al uso convenido.
- Por daños graves al apartamento arrendado imputables al arrendatario.
- Por variar la forma del apartamento arrendado sin contar con el consentimiento del arrendador.
- Por necesitar la vivienda para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial. (apartado núm.3 del art.9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos)
Garantías de alquiler
El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece, que el arrendador y el arrendatario podrán pactar cualquier tipo de garantía de alquiler.[5]Las garantías disponibles en el mercado son el aval bancario, el depósito a favor del arrendador, el seguro de impago (protección) de alquileres y últimamente la prenda (pignoración) sobre una póliza de seguro de vida según lo establecido en el artículo 99 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.[6][7]
Véase también
Notas
- ↑ Ley de Arrendamientos Urbanos
- ↑ Ley de Arrendamientos Rústicos (49/2003)
- ↑ Gete (2003) pp.110-111
- ↑ Ley 4/2013 de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Viviendas
- ↑ Ley de Arrendamientos Urbanos
- ↑ Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro,http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l50-1980.t3.html
- ↑ http://avalvida.es
Referencias
- Gete, M. et al. (2003) Lecciones del derecho civil aplicable en Cataluña(relaciones laborales)
Enlaces externos
- Ley de Arrendamientos Urbanos actualizada. Incluye los cambios introducidos por la Ley 4/2013 de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Viviendas.
- Ley de Arrendamientos Rusticos (49/2003)
- Ley 4/2013 de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Viviendas
- Del contrato de arrendamiento, Código Civil: Libro IV: Título VI, artículos 1542-1603
- Otra legislación relacionada con alquileres y vivienda