Comisión para el Mercado Financiero

Servicio Público Descentralizado chileno

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) es un servicio público chileno descentralizado, de carácter técnico y fiscalizador, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda. El 23 de febrero de 2017 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21 000, que crea la nueva Comisión para el Mercado Financiero (CMF), organismo que reemplazó a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), y que más tarde asumió además las funciones de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).

Comisión para el Mercado Financiero

Logotipo oficial.

Localización
País ChileBandera de Chile Chile
Información general
Sigla CMF
Jurisdicción Nacional
Tipo Servicio Público Descentralizado
Sede Av. Libertador Bernardo O'Higgins 1449, Santiago
Organización
Presidenta del Consejo Solange Berstein Jáuregui
Vicepresidente Kevin Cowan
Comisionado 1° Mauricio Larraín
Comisionado 2° Bernardita Piedrabuena
Comisionado 3° Augusto Iglesias
Depende de Ministerio de Hacienda (indirecto)
Presupuesto 97 038 116 miles de pesos chilenos (2020)[1]
Historia
Fundación 16 de enero de 2018
Sucesión
Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de Chile (SBIF) Comisión para el Mercado Financiero
Sitio web oficial

La Comisión para el Mercado Financiero comenzó sus funciones el 16 de enero de 2018.

Historia

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Desde mediados del siglo XIX la hoy Comisión para el Mercado Financiero tuvo un rol preponderante como organismo supervisor de las entidades que participan en el mercado financiero de nuestro país, tales como: sociedades anónimas, compañías de seguros, bolsas de valores e intermediarios, fondos mutuos y sus administradoras, más otras entidades que han ingresado a dicho mercado en los últimos años; tales como clasificadoras de riesgo y fondos de inversión.

Estructura

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La Ley N°21.000 establece que la dirección superior de la Comisión estará a cargo del Consejo, que estará integrado por cinco miembros, los que se nombran y están sujetos a las siguientes reglas:

  • Un comisionado designado por el presidente de la República, de reconocido prestigio profesional o académico en materias relacionadas con el sistema financiero, que tendrá el carácter de presidente de la Comisión.
  • Cuatro comisionados designados por el presidente de la República, de entre personas de reconocido prestigio profesional o académico en materias relacionadas con el sistema financiero, mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Hacienda, previa ratificación del Senado por los cuatro séptimos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto.

Funciones

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  • Función supervisora: Corresponde al control y vigilancia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y administrativas.
  • Función normativa: Corresponde a la capacidad de la CMF, de efectuar una función reguladora, mediante la dictación de normas o instrucciones propias para el mercado y las entidades que lo integran. Es decir, establecer el marco regulador para el mercado.
  • Función sancionadora: Corresponde a la facultad de la CMF para aplicar sanciones frente al incumplimiento o violación del marco regulador como consecuencia de una investigación.
  • Función de desarrollo y promoción de los mercados: Corresponde a la capacidad de promover diversas iniciativas para el desarrollo del mercado, mediante la elaboración y colaboración para la creación de nuevos productos e instrumentos, mediante la difusión de los mismos.

Estas funciones se reflejan a través de las facultades que señala el artículo 5º de su ley orgánica, sin perjuicio de otras existentes en el mismo estatuto y en otras leyes reguladoras del mercado.

Presidentes del Consejo

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Véase también

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Referencias

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Enlaces externos

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