Diferencia entre revisiones de «Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano»
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El artículo 2 enumera los derechos naturales e imprescriptibles del hombre, que son anteriores a los poderes establecidos y son considerados como aplicables en cualquier lugar y cualquier época: |
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* la libertad |
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* la propiedad (nótese el carácter contradictorio de ésta con los posteriores actos vandálicos de la revolución francesa) |
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* la seguridad |
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* la resistencia a la opresión |
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Se puede observar la falta de rigor y la transmutación de las definiciones a fin de no quedar en antonimia con sus posteriores actos. Estos actos se olvidan fácilmente en la historia, con la consecuente pérdida del verdadero contexto de esta declaración que sirve como precedente histórico de la actual declaración de derechos y con la que estamos orgullosos de ser libres e iguales sin tener en cuenta los actos vandálicos que sólo pueden ser libres e iguales en aquellos casos que se designaba a dedo la muerte de un burgués. |
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Muchos artículos son dedicados a la libertad: |
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Revisión del 09:39 19 oct 2009
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789 es uno de los documentos fundamentales de la Revolución francesa en cuanto a definir los derechos personales y colectivos como universales. Influenciada por la doctrina de los derechos naturales, los derechos del Hombre se entienden como universales, validos en todo momento y ocasión al pertenecer a la naturaleza humana.
Aun cuando establece los derechos fundamentales de los ciudadanos franceses y de todos los hombres sin excepción, no se refiere a la condición de las mujeres o la esclavitud, aunque ésta será abolida por la Convención el 4 de febrero de 1794. Sin embargo es considerado un documento precursor de los derechos humanos a nivel nacional e internacional. No fue hasta que Olympe de Gouges, en 1791, proclamó la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana que las mujeres entraron, por lo menos a través de un documento no oficial, en la historia de los derechos humanos.
La Declaración fue el prefacio a la Constitución de 1791. La primera traducción americana completa de sus 17 artículos al castellano es obra de Antonio Nariño, publicada en Bogotá, actual Colombia, en 1793.
Una segunda versión ampliada, conocida como Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1793 fue aprobada posteriormente e incorporada a la Constitución francesa de 1793, ambas de muy breve aplicación. Seguida de la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano de 1795 en la Constitución de 1795 que establece el Directorio.
En el derecho constitucional francés, la Declaración de 1789 es parte de la Constitución francesa de 1946, que agrega los derechos sociales en su preámbulo, y de la Constitución francesa de 1958 que reitera los mismos derechos de la Declaración y el preámbulo de 1946.
Historia
La Asamblea Nacional Constituyente, encargada de dar una Constitución a Francia, se planteó cómo se debía comenzar la misma. Fue Mounier quien, el 8 de julio, propuso hacerlo con la "declaración de los derechos del hombre", inspirados por la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. Se llegaron a leer 21 proyectos de declaración, incluido uno de La Fayette y otro de la ciudad de París.[1] La redacción final se encargó a una Comisión, aprobándose su forma definitiva el 26 de agosto de 1789.[2]
Contenido
La Declaración establece los principios que serán la base de la legitimidad de la nueva sociedad. Cada artículo condena los principios, las instituciones y las prácticas del Antiguo Régimen: "El principio de toda soberanía reside esencialmente en la nación". La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano considera legítima la revuelta de los diputados en contra de la monarquía, al declarar como derecho imprescriptible del hombre la "resistencia a la opresión".
La Declaración tiene un alcance general y orientado hacia el futuro. Los Constituyentes enumeran los "derechos inherentes a la naturaleza humana", que no son derechos creados por los revolucionarios, sino que son derechos constatados. Es la consecución de la filosofía del Siglo de las Luces.
El artículo 2 enumera los derechos naturales e imprescriptibles del hombre, que son anteriores a los poderes establecidos y son considerados como aplicables en cualquier lugar y cualquier época:
- la libertad
- la propiedad
- la seguridad
- la resistencia a la opresión
Muchos artículos son dedicados a la libertad:
- Artículo 1: "Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos";
- Los artículos 4 y 5 intentan definir y circunscribir la libertad. Es definida como "lo que no perjudica a nadie" y sólo la ley le puede poner límites;
- Los artículos 7, 8 y 9 precisan las características de la libertad individual: presunción de inocencia e irretroactividad de la ley;
- Los artículos 10 y 11 se refieren a la libertad de opinión, de prensa y de consciencia.
El principio de igualdad es establecido en el artículo primero, la igualdad ante la Hacienda Pública en el artículo 13 (en respuesta a la reivindicación más repetida en los Cuadernos de quejas), y la igualdad frente a la ley en el artículo 6 (igualdad para acceder a los cargos públicos sólo en base a las capacidades individuales).
La propiedad es un derecho inviolable y sagrado (artículo 17). Según este artículo "Nadie puede ser privado de ella, excepto cuando la necesidad pública, legalmente constatada, lo exige con evidencia y con la condición de una indemnización previa y justa."
Los artículos que definen al ciudadano dentro de la organización del sistema político son menos precisos y son condicionados por el recelo hacia el Antiguo Régimen. El artículo 6 afirma que la ley es la expresión de la voluntad general, la expresión de la soberanía y la fuente de los poderes públicos. El artículo 16 estipula la división de poderes. Según el artículo 15, los agentes públicos son responsables de su gestión y la sociedad tiene el derecho de pedirles que rindan cuenta de ella. No se mencionan sin embargo los derechos sociales, que proceden de una definición distinta de la palabra "derecho": la Declaración determina la legitimidad de los actos, mientras que los derechos sociales definen garantías materiales.
Los miembros de la Asamblea Constituyente manejaban ideas generales y conceptos teóricos, pero no definieron las condiciones concretas en las que se debía de establecer el gobierno del pueblo. Plantearon principios trascendentales, pero no precisaron nada acerca de su aplicación concreta. Este texto servirá de base a todos los regímenes que se inscriben dentro de una tradición republicana.
La Declaración de 1789 ha inspirado un gran número de textos similares en Europa y América Latina. La tradición heredada de la Revolución Francesa está también presente en la Convención Europea de los Derechos Humanos, firmada en Roma el 4 de noviembre 1950.
Efectos en el derecho constitucional francés
De acuerdo al preámbulo de la Constitución de la Quinta República de Francia (adoptada el 4 de octubre de 1950, y actual constitución), se establece que:
- Las legislaciones de impuestos o prácticas que parezcan hacer alguna innecesaria diferencia entre ciudadanos son desechadas como anticonstitucionales.
- Las propuestas de clara discriminación con bases étnicas son descartadas porque infringen el principio de igualdad, ya que deberían estar en igualdad.
Memoria del Mundo
Desde 2003, el conjunto de los textos y documentos referentes a la proclamación de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano ha sido seleccionado por la UNESCO para integrar la lista del registro de la Memoria del Mundo. Este registro recopila el patrimonio documental de interés universal, con el propósito de asegurar su preservación.
Referencias
- ↑ Weiss, Juan Bautista (1931). Historia Universal, Volumen XV: Los Estados Unidos. La Revolución Francesa. Barcelona: Tipografía La Educación., pág. 506
- ↑ Algunas fuentes indican como día de la aprobación el 27 de agosto.
Véase también
Enlaces externos
- Wikisource contiene una copia de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
- Wikcionario tiene definiciones y otra información sobre Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.