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Nuestro Código de Conducta


    En el marco de la política de prevención de delitos, y de conformidad con lo previsto en el Código Ético de Europa Press, se deben comunicar al Comité de Cumplimiento (CC) de la agencia las infracciones del mismo o de cualquier legislación que tuviera trascendencia penal, que se presencien o de las que se tenga conocimiento, y hayan sido cometidas por profesionales de la agencia en el ejercicio de sus actividades o siempre que la agencia pueda verse relacionada, especialmente si esas conductas pueden ser constitutivas de delito. La denuncia será recibida por el Comité de Cumplimiento (CC) de Europa Press, que la registrará junto con la documentación que se acompañe y adoptará las medidas oportunas, garantizando la confidencialidad en todo momento. Conforme a lo establecido en el Código Ético de Europa Press, se informa de que no se adoptarán represalias frente al denunciante por el hecho de haber presentado denuncia, no obstante lo cual se advierte de que deberán de abstenerse de presentar denuncias falsas interpuestas con mala fe.

Legalidad

La recepción y la tramitación de las denuncias, se harán de forma plenamente segura y confidencial, en aras de evitar conductas irregulares y en cumplimiento de la normativa vigente, en especial la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Asimismo, se protegerán siempre los datos personales de las personas involucradas en materia de protección de datos.

Integridad y responsabilidad

La integridad en el ejercicio de la actividad de Europa Press es responsabilidad de todos los profesionales de Europa Press y de todas aquellas terceras personas (clientes, proveedores, ect) que colaboran con la Agencia. Si eres conocedor de alguna conducta irregular, o susceptible de serlo, es tu deber denunciarla a través de este canal.

Compromiso

Estas medidas responden a la voluntad de Europa Press de profundizar en una cultura corporativa de respeto normativo y nace de los requisitos que el Código Penal establece para los modelos de organización y gestión en materia de prevención penal de las personas jurídicas.